BONO SOCIAL

El Bono Social eléctrico es un descuento en la factura de la luz destinado a personas con dificultades para pagar la luz. 

El Bono Social eléctrico protege a las familias numerosas y hogares con bajos ingresos entre otros grupos de personas y permite un pequeño alivio a hogares con bajos recursos económicos.

 

Con la entrada en vigor en Octubre de 2017 del Real Decreto 897/2017 cambian los requisitos para tener derecho al Bono Social eléctrico.

¿Quién puede beneficiarse del nuevo Bono Social?

Para beneficiarte del Bono Social debes tener la tarifa eléctrica PVPC (pinche aquí para más información) y una potencia igual o inferior a 10 kw en tu vivienda habitual.

 

También debes ser considerado cliente vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

 

Clientes vulnerables (descuento en factura del 25%)

Se consideran clientes vulnerables aquellas personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan algunos de los siguientes requisitos:

 

  1. Nivel de renta anual, igual o inferior a los siguentes límites establecidos según el IPREM  
  • 1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a su cargo.
  • 2 veces el IPREM*: si hay un menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces el IPREM*: si hay dos menores en la unidad familiar.       

 *IPREM anual 14 pagas válido para 2017: 7.519,59 €

Todos éstos se incrementarán en 0,5 veces el IPREM en los casos en que algún miembro de la unidad familiar tenga reconocida una discapacidad igual o mayor al 33%, sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

     2. Pensionistas: el solicitante o todos los miembros de la familia (en el caso de ser una unidad familiar) perciban la pensión mínima (por invalidez permanente o jubilación).

    3. Familias numerosas: sin exepción para ninguna familia.

 

Clientes vulnerables severos (descuento en factura del 40%)

Se consideran clientes vulnerables severos aquellas personas que están siendo atendidos por los Servicios Sociales de una Administración autonómica o local (en riesgo de exclusión social) y que le está financiando al menos el 50% del importe de su factura eléctrica.

Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de energía, superado éste, se le aplicará la tarifa PVPC sin descuento.

Lo más sencillo es contactar telefónicamente con tu comercializadora y acordar la forma más cómoda para presentar la solicitud y la documentación requerida, una vez sepas si eres cliente vulnerable o cliente vulnerable severo.

La comercializadora le informará de los diferentes canales para hacerles llegar la solicitud y documentación requerida ( en oficinas, correo postal, email, fax, web de la comercializadora)

En el caso de ser considerado en riesgo de exclusión social, será necesario tramitarlo a través de los servicios sociales de la administración autonómica o local.

DOCUMENTACION A PRESENTAR

La documentación que deberás presentar, variará mucho según la situación personal de cada solicitante, pero básicamente consiste en:

  • Rellenar y firmar la solicitud (por el titular)
  • Fotocopia del NIE del titular y todos los miembros de la unidad familiar, libro de familia.
  • Certificado de empadronamiento individual o celectivo.

Además, para:

  • Las familias numerosas: fotocopia del título de familia numerosa.
  • Consumidores con circunstancias especiales: minusvalía reconocida con discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo. Certificado que acredite ésta situación.
  • Declaración de renta o autorización para que se hagan las comprobaciones necesarias .

 

EL BONO SOCIAL se aplicará durante 2 años, siempre y cuando se mantenga la misma situación que le dió derecho a su percepción.

¿TENÍAS EL ANTIGUO BONO SOCIAL?

Si tenías el antiguo Bono Social, debes solicitarlo de nuevo, ya que desde Octubre de 2017 han cambiado las condiciones. En el caso de que lo solicites y sea aceptada, se te aplicarán los descuentos establecidos en la normativa del nuevo Bono Social.

Tienes hasta el día 8 de Octubre de 2018 para demostrar que cumples con los nuevos requisitos. De lo contrario, si no acreditas en éste plazo que cumples con los nuevos requisitos, se te aplicará automáticamente la tarifa PVPC sin descuentos. 

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